Consejos legales para evitar delitos contra la seguridad vial
Conducir forma parte de la rutina diaria de millones de personas. Cogemos el coche para ir al trabajo, llevar a los niños al colegio o simplemente desplazarnos, muchas veces sin pensar realmente en las consecuencias legales que puede tener una imprudencia al volante. Sin embargo, los delitos contra la seguridad vial son una de las materias con mayor presencia en los juzgados españoles.
En este nuevo episodio de Jurídicamente Hablando by Simó, abordamos precisamente esta realidad junto a Martín Hernández, abogado penalista especializado en delitos contra la seguridad vial, para analizar qué ocurre cuando una conducta en carretera deja de ser una simple multa y pasa a convertirse en un delito penal.
Qué son los delitos contra la seguridad vial
Uno de los primeros aspectos que se aclaran en el episodio es qué entiende realmente el Derecho Penal por delitos contra la seguridad vial.
No todas las infracciones de tráfico tienen relevancia penal. La mayoría se resuelven por la vía administrativa mediante sanciones económicas o retirada de puntos. Sin embargo, determinadas conductas ponen en peligro grave la seguridad de las personas y pasan a considerarse delito.
Entre los más habituales destacan:
- Conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas
- Excesos graves de velocidad
- Conducción temeraria
- Negarse a realizar pruebas de alcoholemia
- Conducir sin carnet o con pérdida total de puntos
El episodio explica cómo la diferencia entre multa y delito no siempre depende únicamente del resultado, sino también del nivel de riesgo generado.
Alcohol y conducción: cuándo deja de ser una multa
Uno de los temas que más dudas genera es el consumo de alcohol al volante. Existe la creencia de que “por dos copas no pasa nada”, pero la realidad jurídica es muy distinta.
El Código Penal establece límites concretos a partir de los cuales la conducta deja de ser una simple infracción administrativa para convertirse en delito penal. En esos casos, las consecuencias pueden incluir:
- Multas económicas
- Retirada del permiso de conducir
- Trabajos en beneficio de la comunidad
- Incluso penas de prisión
Además, se analiza cómo funcionan los controles de alcoholemia y qué ocurre cuando un conductor decide negarse a realizar las pruebas.
Drogas y conducción: una realidad cada vez más frecuente
Otro de los puntos clave del episodio es la conducción bajo los efectos de drogas. A diferencia del alcohol, donde existen tasas objetivas, en los estupefacientes la situación puede resultar más compleja.
Se aborda cómo se prueba este tipo de delito en juicio y qué valor tienen los test salivales utilizados por las fuerzas de seguridad.
También se reflexiona sobre el aumento de este tipo de conductas y sobre la falsa sensación de control que muchas personas creen tener al consumir determinadas sustancias antes de conducir.
Qué se considera conducción temeraria
La conducción temeraria es uno de los delitos más graves dentro de la seguridad vial. Sin embargo, muchas personas desconocen qué conductas encajan realmente dentro de este concepto.
La jurisprudencia entiende como conducción temeraria aquella que genera un peligro evidente para la vida o integridad de otras personas. No se trata únicamente de correr mucho, sino de conducir ignorando de forma clara las normas básicas de seguridad.
Algunos ejemplos pueden ser:
- Circular a velocidades extremas
- Adelantamientos peligrosos
- Conducción agresiva
- Participar en carreras ilegales
El episodio pone de manifiesto que este tipo de conductas tienen consecuencias penales muy serias.
Exceso de velocidad: cuándo pasa a ser delito
Muchos conductores desconocen que superar ciertos límites de velocidad puede derivar directamente en un procedimiento penal.
La ley establece márgenes concretos a partir de los cuales el exceso de velocidad deja de ser una sanción administrativa y pasa a convertirse en delito contra la seguridad vial.
Además, se analiza el tratamiento de los conductores reincidentes y si realmente la Justicia endurece las consecuencias para quienes repiten este tipo de conductas.
Accidentes de tráfico y responsabilidad penal
Uno de los bloques más interesantes del episodio es el dedicado a los accidentes con heridos o fallecidos.
En estos casos, el delito contra la seguridad vial puede combinarse con otros delitos como:
- Lesiones imprudentes
- Homicidio imprudente
Aquí el papel del atestado policial resulta fundamental. La investigación de los hechos, las pruebas recogidas y la reconstrucción del accidente son claves para determinar responsabilidades.
También se explica la diferencia entre un accidente y un delito. No todo accidente implica automáticamente responsabilidad penal, pero cuando existe una imprudencia grave, el Derecho Penal entra en juego.
La retirada del carnet: la pena por excelencia
La retirada del permiso de conducir es una de las sanciones imperativas en este ámbito. Sin embargo, el episodio plantea una cuestión interesante: ¿realmente sirve para prevenir?
Además, se analiza qué ocurre cuando alguien conduce sin carnet o habiendo perdido todos los puntos. Muchas personas desconocen que esta conducta constituye por sí misma un delito penal.
Penas alternativas y concienciación
Más allá de las penas tradicionales, también se abordan las medidas alternativas, como los trabajos en beneficio de la comunidad o las charlas de seguridad vial.
Este tipo de medidas buscan no solo castigar, sino también concienciar al infractor sobre las consecuencias reales de sus actos.
La reflexión es clara: detrás de muchas imprudencias hay una falta de percepción del riesgo. Todavía existe cierta tendencia social a considerar estos delitos como “algo menor”, cuando en realidad pueden tener consecuencias devastadoras.
Seguridad vial: una responsabilidad de todos
El episodio concluye con una idea fundamental: conducir no es solo un acto cotidiano, sino una enorme responsabilidad.
Cada decisión al volante puede afectar no solo al conductor, sino también a pasajeros, peatones y otros usuarios de la vía. Por eso, conocer las consecuencias legales y penales de determinadas conductas resulta esencial.
Este nuevo episodio de Jurídicamente Hablando by Simó ofrece una visión clara y práctica sobre cómo actúa la Justicia ante los delitos contra la seguridad vial y qué errores deben evitarse para no convertir una imprudencia en un problema penal.
No te lo pierdas el episodio al completo en nuestro canal de Youtube, Spotify e iVoox @simoabogados.
Delitos contra la seguridad vial y sus consecuencias penales
Leer transcripción completa del vídeo
00:23 - "Por supuesto, como siempre, nos acompaña nuestro abogado preferido, Eduardo Simó."
00:23 - "¿Qué tal, Gema?"
00:31 - "Hoy vamos a hablar de un tema muy interesante, un tema que nos afecta a todos, tanto si conducimos como si no, como es la seguridad vial y los delitos dentro de ella."
00:42 - "Para eso nos acompaña Martín Hernández, abogado penalista y especialista en delitos contra la seguridad vial."
00:53 - "Buenas tardes, gracias por la invitación, Edu."
00:59 - "Nos acompaña un abogado, un compañero, especializado en derecho penal."
01:05 - "Le comenté la posibilidad de venir a tratar este tema tan fundamental como son los delitos contra la seguridad vial."
01:16 - "Martín, bienvenido aquí a nuestro pequeño espacio."
01:23 - "Lo primero que queremos es conocerte un poquito mejor."
01:29 - "Explícanos quién eres y a qué te dedicas actualmente dentro del ámbito penal."
01:35 - "Llevamos ya cuatro años con el despacho de abogados."
01:35 - "Lo tenemos en la zona de Mazarrón y Murcia, y la sede central está en Murcia."
01:41 - "Dentro del ámbito del derecho penal, una de nuestras especialidades por volumen de clientes y por casos que nos llegan es el derecho contra la seguridad vial y los delitos que lleva aparejados."
01:53 - "Muchas preguntas me hacen a mí al respecto de por qué decidiste irte al derecho penal."
02:00 - "Yo siempre digo que al fin y al cabo es el derecho que más nos gusta."
02:05 - "Cuando entré en la carrera, lo último que me gustaba era el derecho de familia o incluso el derecho mercantil."
02:11 - "El penal es lo que siempre vemos en televisión."
02:18 - "A mí fue parecido al principio, desde el punto de vista del acusado, del denunciado, ponernos un poco en su papel."
02:24 - "Todo el mundo tiene derecho a una ayuda y muchas veces las cosas no son como parecen."
02:31 - "Fue un poco el sentido de ayudar a las personas, aunque estén en una situación comprometida."
02:36 - "Muchas veces no se ven sin ayuda y siempre tenemos que estar ahí para ayudarlas porque alguien lo tiene que hacer."
02:42 - "Si hablamos de seguridad vial, hay delitos que en muchos casos implican la vida de las personas."
02:54 - "¿Hay algún caso especialmente que te haya marcado a lo largo de tu carrera?"
03:01 - "Sí, hubo un caso hace dos años en un pueblo de Murcia donde se produjo un atropello."
03:07 - "Mi defendido era la persona que conducía y se dio a la fuga."
03:12 - "El chico estaba muy nervioso y nos pidió que lo acompañáramos a comisaría porque lo estaban buscando."
03:18 - "Intentamos tranquilizarlo, tranquilizar a la familia, llevamos todo el proceso penal del principio hasta el final."
03:24 - "Conseguimos, aunque la situación era muy fea, un resultado satisfactorio para él, que al final es lo más importante."
03:30 - "Imagino que hay una parte también humana dentro de todos estos casos."
03:37 - "En este tipo de casos, tanto la parte legal, jurídica y técnica como el factor humano son necesarios."
03:44 - "He llevado a bastantes clientes investigados por un delito de homicidio imprudente o un delito contra la seguridad vial."
03:51 - "Simplemente el hecho de dar 0,30, aunque si no pasara nada sería una sanción administrativa, puede tener consecuencias penales si hay un accidente."
04:01 - "Cuando hay un accidente de tráfico, provocando daños o un atropello con una víctima que queda con vida o incluso con un fallecimiento, hablamos de responsabilidad penal."
04:09 - "Insisto, aunque dé 0,30."
04:16 - "Si te para la policía, te hacen la prueba de alcoholemia, vas conduciendo y todo está bien, te sancionan administrativamente y ya está."
04:21 - "Pero si hay un accidente de tráfico entra ya en juego el derecho penal."
04:27 - "Ahí nos encontramos con ese factor humano."
04:33 - "He llevado a clientes que con 0,30 o 0,40 han atropellado a una persona que ha acabado falleciendo."
04:40 - "Al fin y al cabo, ahí hablamos de un homicidio imprudente."
04:46 - "Esa persona, como es lógico, no quería atropellar a la víctima."
04:51 - "Por circunstancias que sean, porque se ha quedado durmiendo, porque se ha despistado o porque ha cogido el móvil, atropella a una persona."
05:02 - "Ahí esa persona se juega unas penas de prisión."
05:08 - "La mayoría de esos clientes que son investigados son los primeros que cumplen con esa pena, porque están rotos."
05:13 - "Han acabado con la vida de una persona, de una familia."
05:19 - "Son personas como tú, como yo, como Martín, que se han ido de comida, se han tomado dos copas de vino y han cogido el vehículo."
05:30 - "Con la mala fortuna de tener un accidente de tráfico y que la caída o el golpe provoque la muerte."
05:47 - "Los delitos contra la seguridad vial, por lo general, le pasan a cualquier tipo de persona, no a locos."
05:53 - "Evidentemente, cuando hay una persona que lleva uno y pico de alcohol, su actitud ha sido mucho menos responsable."
06:00 - "Pero también puede pasarle a una persona que se ha tomado dos copas de vino y ha cogido el vehículo."
06:13 - "Ese factor humano existe y ese tipo de cliente lo pasa muy mal en este procedimiento."
06:18 - "Evidentemente, la familia del fallecido también."
06:24 - "¿Cuál fue tu primer caso dedicado al derecho penal que te hizo decidirte por esta área?"
06:46 - "Fue un caso de acusación de una agresión sexual que yo veía claramente que no era."
06:57 - "Te pones muchas veces en la piel del investigado."
07:04 - "Yo lo veía sufrir, lo veía padecer en su mirada, una persona que venía al despacho llorando."
07:10 - "Tenía la sensación de que estaba intentando ayudar a una persona que era inocente."
07:15 - "Se enfrentaba a un procedimiento penal con muchísimos años de prisión."
07:21 - "Era un caso de un pueblo pequeño, mediático, y la gente lo sabía."
07:26 - "Se enfrentaba en su puesto de trabajo a ciertas acusaciones."
07:32 - "Sentí un sufrimiento en esa persona y a partir de ahí dije que esto era lo que me gustaba."
07:38 - "No me costaba echar horas de trabajo extra para poder ayudarlo."
07:44 - "Fue un caso que me marcó y desde entonces dije que me quería dedicar a esta rama del derecho."
07:50 - "Desde entonces hemos seguido evolucionando hasta el día de hoy."
07:55 - "¿Qué es lo que más te gratifica de ser abogado?"
08:01 - "Lo que más me gratifica es ayudar a la persona que tiene un problema y que se puede enfrentar a varios años de prisión."
08:06 - "Muchas veces el problema que tienen estas personas es que incluso la propia familia las da de lado cuando se enfrentan a una acusación tan grave."
08:17 - "Puede ser un delito contra la libertad sexual o un delito en el ámbito de lesiones graves."
08:22 - "Muchas veces esa gente se encuentra sola y necesita un foco legal."
08:28 - "Incluso muchas veces ejercemos de psicólogos durante todo un proceso que puede durar bastantes años."
08:34 - "La vida de esas personas muchas veces queda paralizada."
08:39 - "¿Y lo más difícil de nuestra profesión?"
08:45 - "La conciliación familiar."
08:51 - "Otra dificultad es que me cuesta mucho desconectar la vida privada de la vida profesional."
08:57 - "Muchas veces me llevo los temas personales a los temas privados y al revés."
09:05 - "Es una especie de adicción o de responsabilidad."
09:11 - "A veces estamos de vacaciones, vemos el móvil del trabajo y da pena no contestar teniendo el móvil en la mano."
09:17 - "Al fin y al cabo, tranquiliza a una persona, pero llega un punto en el que no desconectas."
09:23 - "Contestabas, coges el móvil, ves otro mensaje y vuelves a contestar."
09:29 - "Esa sensación de que está llamando una persona desesperada, que cuenta contigo, dificulta mucho desconectar."
09:40 - "Llevo un tiempo intentando trabajar eso."
09:46 - "Los fines de semana los necesitas para tu familia y para descansar."
09:51 - "También es necesario coger un poquito de oxígeno que nos permita trabajar mejor."
10:04 - "A veces digo que el sábado voy a hacer trabajo pendiente y luego no lo hago porque necesito descansar."
10:14 - "Necesitamos esa desconexión, por lo menos de forma parcial, un par de días."
10:20 - "Muchas veces empalmamos diez, quince, veinte, veinticinco o treinta días seguidos de trabajo sin parar."
10:33 - "Eso no es sano."
10:40 - "A veces anhelo poder tener un trabajo con una desconexión más clara."
11:03 - "El último viaje que hice fui con el ordenador."
11:09 - "En mi luna de miel fui con el ordenador."
11:15 - "Como estaba en Estados Unidos, me conectaba cuando me levantaba muy temprano y aquí era prácticamente mediodía."
11:21 - "Así podía seguir medio conectado con el despacho."
11:33 - "Vamos a introducirnos en la seguridad vial como tal."
11:38 - "¿Qué entendemos jurídicamente por delitos contra la seguridad vial?"
11:45 - "Los delitos contra la seguridad vial son un tipo de delitos que se realizan cuando la persona está circulando en la vía pública en un vehículo a motor o ciclomotor."
11:50 - "Puede ser un coche o una moto, que es lo más habitual."
11:55 - "Se pone en riesgo la circulación de las demás personas, incluso su integridad física o que les pueda quedar alguna lesión."
12:00 - "Los más habituales son conducir bajo los efectos de las drogas o el alcohol, o sobrepasar notablemente los límites de velocidad."
12:07 - "Explícalo un poquito para que la gente entienda dónde está el límite entre delito y multa."
12:14 - "En el delito de alcoholemia, la tasa se considera una infracción administrativa si consumes una tasa de aire de 0,25 a 0,60."
12:38 - "Cuando nos encontramos ante un delito por conducir con una velocidad notablemente superior, en vía urbana son 60 kilómetros por encima y en vía interurbana 80."
12:54 - "Cuando un cliente nos llega con un tema de alcohol, hay que tener las cartas sobre la mesa."
12:59 - "Una de ellas es que el etilómetro esté bien verificado."
13:04 - "Cuando hacen la prueba de alcohol, el etilómetro requiere un control para verificar que los datos que arroja se asemejan a la realidad."
13:23 - "Uno de nuestros trucos es ver que ese etilómetro está verificado en el tiempo que exige la ley."
13:36 - "Anteriormente pasaba mucho que ese código de verificación no se hacía o se pasaba el plazo."
13:44 - "El siguiente punto es jugar con los márgenes de error."
13:51 - "Si das 0,61, 0,62 o 0,65, quizá te puedes librar porque hay un margen de error aproximado de un 10%."
13:57 - "Si a 0,65 le restas un 10%, es 0,59 y no hay delito."
14:02 - "Este tipo de procedimiento se tramita como juicio rápido."
14:10 - "Te para la policía, das 0,60 y pico, alguien se lleva tu coche y te citan directamente para un juicio rápido."
14:16 - "Al día siguiente o un par de días después llega el juicio rápido."
14:22 - "El abogado contacta con fiscalía y fiscalía plantea llegar a una conformidad."
14:28 - "Ahí está el dilema de qué hacer, si nos conformamos con la pena o no."
14:33 - "La trampa del juicio rápido es que intentan que te conformes porque te rebajan en un tercio la pena."
14:46 - "¿Qué penas conllevan estos delitos contra la seguridad vial?"
14:53 - "Normalmente llevan aparejada una pena de multa o de trabajos en beneficio de la comunidad."
14:59 - "Pero siempre va aparejada la supresión del permiso o de la licencia de conducir."
15:05 - "Si eres delincuente primario, suele estar en torno a ocho meses o seis meses aproximadamente."
15:10 - "Si ya eres reincidente, te lo suelen subir casi un año."
15:17 - "Los trabajos en beneficio de la comunidad pueden consistir en limpiar algún centro público, tareas de mantenimiento, consejería o ayudas con asociaciones."
15:36 - "Los delitos contra la seguridad vial, en este caso alcoholemia o conducción, tienen sí o sí dos penas aparejadas."
15:48 - "Prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad."
15:54 - "Ningún abogado te va a decir que cojas pena de prisión, aunque sea una pena que se quede en suspenso."
15:59 - "Es un riesgo porque si durante los próximos dos años cometes cualquier delito, tendrías que entrar en prisión."
16:04 - "Aconsejamos penas de multa o trabajos en beneficio de la comunidad."
16:10 - "Las penas de multa van asociadas a la capacidad económica de la persona."
16:16 - "Si la persona gana mucho, la pena de multa puede ser más alta."
16:24 - "Una multa de estas características puede estar en torno a 600 o 900 euros aproximadamente."
16:29 - "La segunda pena, que sí o sí te comes, es la de no poder conducir."
16:36 - "Esas penas van de uno a cuatro años."
16:43 - "Si te rebajan un tercio de la pena por conformidad en juicio rápido, pueden bajar hasta ocho meses."
16:55 - "Ese margen de días se usa para evitar que una futura modificación legal pueda beneficiarte automáticamente."
17:06 - "En tu opinión, Martín, ¿crees que las penas están bien, deberían endurecerse o deberían aflojar un poco?"
17:13 - "Pienso que están bien desde el punto de vista de que no solo te pones en peligro tú en la vía pública cuando conduces."
17:19 - "También hay muchas personas en circulación que van con una familia, de camino a su casa o a comer a un restaurante."
17:30 - "Por desgracia encontramos muchas noticias y supuestos reales en los que una persona por ir bebida tiene un accidente contra otra familia."
17:41 - "La otra familia puede acabar mal parada, con lesiones graves o incluso fallecimientos."
17:48 - "Desde ese punto de vista está bien que sí o sí se retire el carnet."
17:53 - "Nada justifica beber una copa y subirse a un coche."
18:00 - "Es cierto que muchas veces me parece poco proporcional."
18:06 - "No es lo mismo quien da 0,45, se despista con el móvil y se come una farola que quien da 0,80."
18:17 - "A esa persona también se le aplica pena de prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad y retirada de carnet."
18:31 - "La cuestión es que es muy difícil ajustar las penas proporcionadas a supuestos concretos."
18:44 - "Si la farola cuesta 1.500 euros, esa persona tiene que pagarlos como responsabilidad civil."
19:00 - "También pasa en violencia de género, donde no siempre hay proporcionalidad entre conductas distintas."
19:17 - "El problema es cómo paras que haya alcohol cero."
19:24 - "Supuestamente va a salir una nueva normativa que contemplará esto de alcohol cero."
19:31 - "Pero entonces tenemos que fomentar otros medios de transporte."
19:38 - "Encontrar un taxi en una ciudad que no sea principal es complicado."
19:46 - "También se puede hacer la rueda de amigos en la que uno de ellos no bebe."
19:52 - "Te puedes tomar una copa de vino y a lo mejor ya das 0,1, incluso tomando medicación."
19:59 - "También influye el cuerpo de cada persona."
20:05 - "Si dos personas toman tres copas, una puede dar 0,25 y otra 0,80."
20:16 - "Eso es difícil, pero alcohol cero al volante."
20:22 - "Hay que ser responsables."
20:28 - "Si das entre 0,25 y 0,60 y hay un accidente de tráfico, cometes un delito contra la seguridad vial y te quedas sin conducir ocho meses."
20:41 - "Ese delito y esa pena te perjudican si te estás preparando para ser Guardia Civil, policía o cualquier oposición en la que no puedas tener antecedentes penales."
20:54 - "Un delito leve por una pelea tonta en una discoteca también genera antecedentes penales durante seis meses."
21:07 - "Si ya eres guardia civil, puedes tener un reproche dentro de la disciplina militar."
21:14 - "No obstante, si no está en acto de servicio, no debería perjudicarte."
21:20 - "He tenido clientes que son de fuerzas y cuerpos de seguridad o militares y no han tenido problemas por delitos de lesiones leves."
21:38 - "Otra cosa distinta son delitos que llevan aparejada una mayor violencia, en los que te pueden suspender cautelarmente el ejercicio de tus funciones."
22:19 - "Vamos a pasar del alcohol a otro tema, que son las drogas."
22:19 - "Martín, ¿funciona igual que el alcohol?"
22:25 - "Funciona igual en el sentido de que está en el mismo precepto del Código Penal."
22:31 - "Pero es distinto a efectos de valorar si has consumido drogas en el ámbito de la circulación."
22:37 - "Se hace una cosa llamada drogotest, que no tiene efecto inmediato como puede ser el test de alcoholemia."
22:43 - "Se tiene que ir a laboratorio y tampoco prueba exactamente que hayas consumido drogas en el momento de la circulación."
22:49 - "Únicamente prueba que está en tu organismo."
22:55 - "Muchas veces, en el ámbito defensivo legal, se juega con ese aspecto."
23:01 - "Hay que acreditar la influencia de esa sustancia en tu organismo a la hora de la conducción."
23:06 - "Tenemos clientes que han consumido marihuana el día anterior y sigue apareciendo THC en su organismo."
23:18 - "Si la autoridad policial no acredita la influencia que ha tenido esa sustancia en tu conducción, no puede ser considerado un delito."
23:28 - "Si te imputan el delito, luego te enfrentas a un fiscal."
23:35 - "Si el cliente no confía mucho en ti o tiene un abogado que no le inspira confianza, puede llegar a un acuerdo."
23:46 - "Al fin y al cabo, lo que tienen que acreditar es que hubo un adelantamiento peligroso, que iba como loco o que no hacía caso a la autoridad policial."
23:58 - "La policía tiene una especie de cuestionario en el que indica signos externos."
24:03 - "Puede poner ojos enrojecidos, habla pastosa, carácter malhumorado o halitosis a distancia."
24:15 - "De esa manera ven que hay signos externos que acreditan que va bajo el efecto de esa sustancia."
24:28 - "La pena es la misma que ir bajo los efectos del alcohol."
24:34 - "¿Y qué se entiende en la jurisprudencia por conducción temeraria?"
24:40 - "La conducción temeraria es un tipo más punitivo en cuanto a la carga penal."
24:47 - "Requiere estar conduciendo un vehículo a motor o ciclomotor y hacerlo con temeridad manifiesta."
24:53 - "El caso más habitual es el kamikaze que va en sentido contrario o al doble de velocidad."
24:59 - "Tiene que haber temerario desprecio hacia la vida de los demás y hacia la normal circulación de los vehículos."
25:11 - "Cuando un exceso de velocidad pasa de ser multa a delito penal, en vía urbana son 60 kilómetros por encima de la velocidad permitida."
25:28 - "En vía interurbana, una autovía o una carretera nacional, son 80 kilómetros por encima."
25:33 - "¿Qué tratamiento reciben los reincidentes y si la justicia les castiga más duro?"
25:41 - "Sí, castiga más duro en el ámbito de las penas."
25:47 - "Si intentas llegar a una conformidad, muchas veces la pena es mayor, tanto de prohibición de conducir como de multa, trabajos o incluso pena de prisión suspendida."
25:54 - "He tenido casos de reincidentes o multirreincidentes de tres y cuatro veces que han ido a prisión."
25:59 - "Incluso han salido y han vuelto a prisión porque tienen ese problema con la conducción."
26:05 - "Hay mucha gente que se adapta al alcohol y aun así le da exactamente igual."
26:10 - "Cogen el coche, pierden el carnet, siguen cogiéndolo, quebrantan y demás."
26:16 - "Para ir a prisión por esto debes reunir mínimo tres o cuatro delitos."
26:28 - "Mientras no pase nada, puede parecer que no ocurre nada, pero el día en que atropellas a una persona y produces una muerte la situación cambia."
26:34 - "Me provoca curiosidad qué pasa cuando se impone una multa a una persona que no tiene trabajo o no puede pagar."
26:47 - "También qué pasa cuando se obliga a indemnizar a la familia de una persona fallecida."
26:54 - "Muchas veces se declaran insolventes."
27:01 - "En otras ocasiones no pueden hacer frente al pago de la multa y van a prisión con carácter subsidiario."
27:06 - "Cuando te condenan a una multa, siempre aparece la responsabilidad personal subsidiaria."
27:13 - "Eso quiere decir que, en caso de impago de la multa, entras en prisión."
27:20 - "Si no supera los 90 días de responsabilidad personal subsidiaria, por regla general se puede intentar transformar esa pena en trabajos en beneficio de la comunidad o localización permanente."
27:42 - "Hay jurisprudencia que habla de que nadie puede ir a prisión por deudas."
27:47 - "Si no tienes capacidad económica, no debería ocurrir que vayas a prisión solo por no poder pagar."
28:00 - "Si hay una buena averiguación patrimonial y se ve que esa persona no tiene recursos, se puede intentar transformar la responsabilidad personal subsidiaria en trabajos en beneficio de la comunidad."
28:21 - "En cuanto a la responsabilidad civil, si no se abona, la situación es distinta."
28:27 - "Si un delito tiene pena de prisión o pena de multa, un abogado hábil de defensa va a intentar negociar una pena de multa."
28:41 - "Así podría transformar esa pena y evitar prisión mediante trabajos en beneficio de la comunidad."
28:54 - "El abogado de la acusación intentará que el acuerdo sea siempre con pena de prisión."
29:01 - "La pena de prisión se puede suspender si no supera los dos años y se cumplen ciertos requisitos."
29:07 - "Esos requisitos son que la pena no supere los dos años, no tener antecedentes penales y haber abonado o tener un plan de pago de la responsabilidad civil."
29:21 - "Si no lo pagas, puedes entrar en prisión."
29:29 - "Si una persona es insolvente, ha aceptado una pena de multa y se acredita que no puede pagar, puede librarse de pagar la multa y también quedar sin pagar la responsabilidad civil."
29:47 - "Muchas veces pagan la multa, pero no pagan la responsabilidad civil."
30:15 - "Cuando llevo una acusación y mi cliente quiere cobrar, intento garantizar que mi cliente vaya a cobrar."
30:27 - "Pido que se ingrese algo de dinero para justificar el acuerdo con el cliente y fracciono el resto."
30:33 - "Pero intento que exista una pena de prisión para que, si no paga una cuota, se pueda pedir la revocación de la suspensión."
30:47 - "Si es pena de multa, puede declararse insolvente y mi cliente no cobrar."
30:59 - "Una cosa es que no puedas pagar realmente y otra cosa es que seas insolvente."
31:04 - "Hay gente que realmente no tiene recursos y otra que no tiene para lo que no quiere."
31:17 - "Muchas veces oímos que fue un accidente, que no quería hacerlo, que no era su intención."
31:23 - "¿Cómo explica la justicia esa diferencia entre accidente y delito?"
31:31 - "En este tipo de delitos, si has consumido alcohol, drogas o vas a una velocidad muy por encima de la permitida, esa excusa al tribunal no le suele convencer."
31:50 - "Si vas normal y tienes un accidente, normalmente no tiene carga penal si estamos ante un accidente."
32:04 - "Si no hay reproche penal, ni conducción temeraria, ni te has saltado un semáforo, ni ibas a velocidad excesiva, ni has dado positivo en alcohol o drogas, es un accidente de tráfico."
32:25 - "Muchas veces pasa que cruza un peatón por un sitio que no está señalizado."
32:32 - "Desde la perspectiva civil se habla de concurrencia de culpa."
32:38 - "Si ese peatón no hubiese pasado por ahí, no habría sido atropellado."
32:44 - "Pero si el conductor hubiese tenido la diligencia exigida, también podría haberse evitado."
32:56 - "Cuando ves un balón botando, frena porque puede salir un niño detrás."
33:03 - "También puede imputarse una responsabilidad civil, que pagará tu aseguradora."
33:20 - "¿Has tenido algún caso de patinetes eléctricos?"
33:27 - "De momento he tenido accidentes de tráfico, pero son temas de índole civil."
33:34 - "El problema es que ahora se está intentando regular el uso de los patinetes."
33:40 - "Esto se regula a través de ordenanzas municipales."
33:47 - "Lo que en un sitio es obligatorio, en otro no."
33:52 - "Se está intentando regular esto de manera más uniforme."
33:58 - "Desde el punto de vista práctico, van muy rápido y muchas veces no hacen caso a las señales, a los semáforos ni a nada."
34:09 - "Hay patinetes trucados que van a 50 o 60 kilómetros por hora."
34:15 - "Además, prácticamente nadie va con casco."
34:28 - "La retirada del carnet es la pena estrella, la que todo el mundo quiere evitar."
34:34 - "¿Crees que realmente sirve para prevenir?"
34:40 - "Desde mi punto de vista sí sirve para prevenir."
34:48 - "Quitas a una persona de la circulación durante un periodo de tiempo."
34:53 - "Eso supone una ausencia de riesgo tanto para la persona que ha cometido el delito como para el resto."
34:59 - "Es una medida adecuada para intentar que esa persona se reinserte y no lo vuelva a cometer."
35:05 - "Por desgracia, muchas veces vuelve a pasar."
35:11 - "¿Qué pasa si me retiran el carnet y sigo conduciendo?"
35:16 - "Si ya estás condenado, es un delito de quebrantamiento de condena."
35:21 - "Si te han quitado el carnet por haber cometido un delito, conducir sería quebrantamiento de condena."
35:38 - "Si te han quitado los puntos administrativamente, no tienes carnet o no has hecho los canjes obligatorios, te enfrentarías a un delito contra la seguridad vial por conducción sin carnet."
35:51 - "Son dos tipos de delitos relacionados con la seguridad vial, pero distintos."
35:57 - "Conducir sin carnet no lleva implícita la retirada de carnet porque, si no tienes carnet, no te lo pueden quitar."
36:08 - "He tenido el caso de un cliente al que pararon sin carnet y al día siguiente se examinaba del carnet de conducir."
36:25 - "No te van a quitar el carnet porque no lo tienes."
36:31 - "Te enfrentas a una pena de multa o algo similar."
36:44 - "En su día hice mi trabajo final sobre medidas alternativas a la privación de libertad con trabajos en beneficio de la comunidad."
37:11 - "Muchas veces los delitos sexuales obligaban como medida adicional a asistir a cierto tipo de charlas."
37:19 - "¿Crees que esos trabajos en beneficio de la comunidad en los delitos contra la seguridad vial, donde muchas veces te obligan a asistir a charlas, son positivos?"
37:39 - "Sí, yo creo que son positivos."
37:46 - "También hay que contar con la capacidad y las ganas que tenga la persona condenada de reinsertarse y no cometer más ese delito."
37:51 - "La persona que debe asistir a las charlas o hacer trabajos en beneficio de la comunidad debe tener interés para que no le pase más."
37:57 - "Muchas veces hay gente que va, pero no presta atención y solo espera a que se pasen los meses de condena."
38:09 - "Desde mi punto de vista sí es una cuestión importante."
38:15 - "¿Crees que la sociedad es consciente de la gravedad de estos delitos o que los sigue viendo como algo menor?"
38:22 - "Todos tenemos comidas familiares, todos vamos con nuestros amigos, todos nos tomamos nuestras copas y tenemos los coches aparcados."
38:35 - "Muchas veces no somos conscientes de lo que nos jugamos por conducir con dos o tres copas de más."
38:41 - "Muchas personas son padres de familia o personas totalmente normales y respetables."
38:46 - "Cogen el vehículo y es un arma de doble filo."
38:52 - "Puedes llegar a tu casa perfectamente o puedes tener un accidente con un resultado fatal para otra persona o para ti."
39:04 - "Si pudieras proponer una reforma del Código Penal orientada a estos delitos contra la seguridad vial, ¿cuál sería?"
39:10 - "Haría seguimientos periódicos a las personas que han sido condenadas por este tipo de delitos."
39:17 - "Como mínimo, si han sido condenadas dos veces, haría un seguimiento específico."
39:24 - "Si tuvieras que dar un consejo a alguien que va a coger el coche esta noche y se va a ir de cena con los amigos, ¿qué consejo le darías?"
39:30 - "Tolerancia cero con el alcohol y no consumir ni una gota."
39:38 - "Cuando nos juntamos abogados hablamos de derecho y nos pedimos consejos de carácter mutuo."
39:51 - "Para ir cerrando este capítulo, cuéntanos el caso más complicado o sorprendente que has llevado."
40:15 - "Tengo un caso en Madrid que es bastante feo, pero también muy bonito porque desde mi punto de vista no está probado."
40:20 - "Es un tema sexual de abusos sexuales a menores de edad."
40:27 - "Llevo a la persona investigada, que está en el centro penitenciario de Soto del Real."
40:33 - "Se le acusa de formar parte de unos vídeos con menores, pero no hay ninguna prueba de que él esté dentro de esos vídeos."
40:40 - "La presunción de inocencia siempre debe primar en nuestro ordenamiento jurídico."
40:47 - "Él está ya juzgado socialmente, no tiene trabajo, tenía pareja y ya no tiene pareja."
40:53 - "Está en una situación muy complicada."
40:53 - "Si Martín Hernández no hubiese sido abogado, ¿qué hubiese sido?"
41:00 - "Yo creo que alguna profesión también dedicada a la vocación relacionada con el derecho penal y a servir."
41:07 - "No sé si hubiera tirado por las fuerzas policiales o algo por el estilo."
41:14 - "¿Cuál es el caso que más te ha frustrado?"
41:28 - "Fue un delito de lesiones que hice hace dos años."
41:35 - "Yo llevaba la acusación particular y la otra parte salió absuelta."
41:42 - "Uno de los testigos era clave para acreditar las lesiones sufridas y no se presentó en el juicio."
41:53 - "Ese testigo desapareció del mapa."
41:58 - "Suspendimos el juicio dos veces y aun así no apareció."
42:04 - "No conseguimos enervar la presunción de inocencia."
42:10 - "Los abogados somos un poco detectives también."
42:21 - "Es frustrante cuando se suspende un juicio porque no se presenta un testigo o no se ha localizado."
42:32 - "Me pasó hace un mes que unos clientes vinieron a Madrid desde Las Palmas de Gran Canaria."
42:39 - "Llegamos allí y el juicio se había suspendido."
42:45 - "Habíamos llamado el día anterior para asegurarnos de que seguía señalado."
42:57 - "Se suspendió porque supuestamente a mi cliente no le habían notificado."
43:03 - "Mi cliente estaba allí y él fue quien me dijo que le había llegado la notificación."
43:16 - "Parece ser que el recibí de la notificación no se remitió al juzgado."
43:22 - "Mis clientes viajaron desde Las Palmas a Madrid, con sus parejas y con el coste que eso implica."
43:34 - "El juicio se tuvo que suspender por un error que nada tenía que ver con mi cliente."
43:50 - "Ahora el juicio está señalado dentro de una semana y he conseguido que lo pueda hacer por videoconferencia desde Canarias."
44:02 - "Martín, hasta aquí nuestro programa."
44:08 - "Agradecerte tu presencia."
44:08 - "Nos ha parecido muy interesante."
44:14 - "Es un tema de diario y que puede sufrir cualquiera."
44:20 - "A cualquiera nos puede pasar."
44:20 - "Muchas gracias por la invitación a los dos."
44:25 - "Seguro que repetiremos."
44:34 - "Gema, un presente para nuestro invitado."
44:40 - "Un recuerdo para que nos tengas presente por las mañanas cuando tengas que madrugar mucho."
44:46 - "Yo soy de café, seguro que tú también."
44:51 - "Muchas gracias."
44:56 - "Hasta aquí nuestro programa."
44:56 - "Muchas gracias, Eduardo, también por acompañarnos como siempre."
45:03 - "A nuestros espectadores, recordarles que nos pueden ver en nuestras redes sociales, en Spotify, en iVoox y en YouTube a través de SIMÓ Abogados."
45:15 - "Muchísimas gracias y os esperamos en el próximo capítulo."