Lo que las aseguradoras no te explican antes de aceptar una indemnización
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Accidentes tráfico con fallecidos
- Publicado: 13-01-2026, a las 10:00h
- Autor: Eduardo Muñoz Simó
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- Publicado: 13-01-2026, a las 10:00h
- Autor: Eduardo Muñoz Simó
Cuando una aseguradora presenta una oferta de indemnización tras un accidente mortal de tráfico, muchas familias sienten alivio. Es humano. En medio del duelo, cualquier propuesta que prometa cerrar el proceso parece una salida. Sin embargo, la experiencia demuestra que el momento de la primera oferta suele ser también el más delicado.
A lo largo de los años, acompañando a familias que han perdido a un ser querido en la carretera, hemos visto cómo decisiones tomadas con prisa y sin asesoramiento acaban teniendo un coste económico y emocional difícil de asumir después.
A continuación destacamos algunos de esos errores más frecuentes a la hora de aceptar las primeras propuestas de indemnizaciones ofrecidas por las aseguradoras ante accidentes de tráfico con víctimas mortales.
Aceptar la primera oferta sin analizarla
Es el error más frecuente. Las aseguradoras rara vez comienzan ofreciendo la indemnización máxima que permite la ley: buscan cerrar el expediente cuanto antes y con el menor desembolso posible.
Datos que conviene tener presentes:
- En casos tramitados por nuestro despacho, indemnizaciones inicialmente ofrecidas se han llegado a multiplicar por 3 y hasta por 4 tras aplicar correctamente el baremo vigente.
- Hemos visto ofertas iniciales que no alcanzaban ni el 25% de la cuantía final reconocida tras una reclamación bien planteada.
- En ocasiones se intentan cerrar acuerdos por importes “cerrados” sin incluir perjuicios patrimoniales ni particulares.
Si quieres ampliar información sobre este tipo de situaciones y el enfoque adecuado en casos con resultado de fallecimiento, puedes ver nuestra guía aquí: Accidente de tráfico con fallecidos.
Pensar que el baremo se aplica de forma automática
Existe la creencia de que la indemnización es una cifra fija, completamente matemática. No lo es. El sistema de valoración regulado por la Ley 35/2015 admite ajustes relevantes según la situación concreta de la familia.
Aspectos técnicos que suelen marcar la diferencia:
- El perjuicio personal básico del cónyuge viudo puede variar de forma significativa según edad, convivencia y circunstancias personales.
- El perjuicio personal particular (dependencia económica, discapacidad previa, convivencia continuada) puede incrementar notablemente la indemnización y rara vez aparece completo en la primera oferta.
- Los perjuicios patrimoniales (lucro cesante, pérdida de ingresos futuros) suelen ser uno de los conceptos más infravalorados por las aseguradoras.
En casos con implicaciones penales (por ejemplo, homicidio imprudente), el análisis técnico y la estrategia inicial importan más de lo que parece. Puedes leer más aquí: Accidente de tráfico con fallecidos: ¿Homicidio o accidente?
Firmar documentos sin comprender su alcance
Otro error habitual es firmar finiquitos o acuerdos sin entender sus consecuencias legales. Una firma puede cerrar la puerta a futuras reclamaciones, incluso cuando aparecen nuevos conceptos indemnizables.
En la práctica, esto suele implicar:
- Una vez firmado un acuerdo, en muchos casos ya no se puede reclamar nada más, aunque la oferta fuera incompleta.
- Algunas aseguradoras presentan documentos como “simples trámites” cuando en realidad incluyen renuncias a acciones legales futuras.
Confiar en que la aseguradora actuará con buena fe
Las aseguradoras no están diseñadas para proteger a la familia, sino para proteger sus intereses económicos. No es una crítica moral: es el funcionamiento del sistema. Minimizar el pago forma parte de su lógica.
Por eso, contar con una defensa independiente no es desconfiar por sistema, sino equilibrar una relación claramente desigual.
No contar con un abogado especializado en accidentes mortales
No todas las reclamaciones son iguales. La indemnización por fallecimiento en accidente de tráfico es una de las materias más técnicas del derecho de daños, y suele convivir con una vertiente penal que exige rigor, experiencia y sensibilidad.
Un error en el planteamiento inicial puede suponer:
- Pérdida de conceptos indemnizables irreversibles.
- Cálculos incorrectos del lucro cesante.
- Aceptación de cuantías muy por debajo de lo que marca la ley.
Cuando se reclama lo que es justo, una correcta indemnización que a menudo es cuantiosa, puede venir acompañado de culpa por parte de las familias del fallecido. Pero reclamar lo que la ley reconoce no es aprovecharse de nada: es ejercer un derecho.
La indemnización no compensa la pérdida, pero sí pretende reparar, en parte, el daño causado. En SIMÓ Abogados Penalistas tenemos la experiencia para conseguir que las familias ejerzan ese derecho de forma plena.
¿Necesitas ayuda?
Un solo error puede traducirse en decenas de miles de euros perdidos. Pero, sobre todo, en la sensación amarga de no haber defendido plenamente lo que la ley reconoce.
Cuando un caso se analiza con rigor técnico y humano, y se reclaman todos los conceptos indemnizables, el resultado cambia. Nuestro trabajo consiste precisamente en eso: equilibrar una balanza que, de inicio, suele estar inclinada.
Si has sufrido la pérdida de un ser querido en situaciones tan dramáticas, contacta con nosotros. En SIMÓ Abogados ponemos a tu disposición un equipo experto para reclamar íntegramente lo que te corresponde por ley.