Especialidad de Delitos Societarios

Protección Jurídica en Delitos Corporativos

Falsedad documental, abuso de poder, imposición de acuerdos abusivos, imposición de acuerdos lesivos, denegación de derechos a los socios, entre otros

SIMÓ Abogados Penalistas

Estos delitos se regulan dentro del Título XIII del Código Penal español que corresponde a los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico. En concreto, se recogen en los artículos 290 a 297 del Código Penal.

La falsedad cometida en las cuentas anuales, así como en otros documentos destinados a reflejar la situación jurídica o económica de la sociedad, es un delito que se encuentra regulado en el Título XIII, Capítulo XIII —en concreto, en el art. 290 CP— formando parte de los denominados delitos societarios.

El bien jurídico protegido de forma inmediata es la propia fiabilidad y acomodo a la realidad del documento falseado, sin que pueda descartarse la protección del derecho de socios y terceros a conocer la realidad jurídica y económica de la sociedad, siendo, por tanto, un delito pluriofensivo.

Se trata de un delito de carácter técnico que exige un riguroso estudio y conocimiento de la materia para fundamentar correctamente. Si entiende que está siendo perjudicado o acusado por los hechos expuestos, no dude en contactar con nuestro despacho para asesorarle detenidamente.

El delito de adopción de acuerdos abusivos por parte del socio mayoritario se encuentra regulado en el Título XIII, Capítulo XIII —en concreto, en el art. 291 CP— formando parte de los denominados delitos societarios.

El precepto castiga las conductas abusivas de los socios o miembros de los órganos de administración que representan una mayoría frente al resto de socios mediante la adopción de acuerdos abusivos para estos. Se trata de evitar que se pueda usar de forma perjudicial para el resto de socios la ventaja que ofrece ostentar la posición mayoritaria en una sociedad.

El bien jurídico protegido es el patrimonio de los socios y de la propia sociedad, al no reportar los acuerdos abusivos beneficio para esta última.

El delito de imposición o aprovechamiento de acuerdos abusivos se encuentra regulado en el Título XIII, Capítulo XIII —en concreto, en el art. 292 CP— formando parte de los denominados delitos societarios.

Similar a la conducta prevista en el art. 291 CP relativo a la adopción de acuerdos abusivos, castigando tanto la imposición de acuerdos lesivos para la sociedad o para alguno de los socios, como aprovecharse de los efectos que dicha imposición provoca.

Negar o impedir derechos societarios a un socio es una conducta delictiva que se encuentra regulada en el Título XIII, Capítulo XIII —en concreto, en el art. 293 CP— formando parte de los denominados delitos societarios.

No toda vulneración de los derechos de los socios posee repercusión criminal. La conducta típica de este delito consiste en negar o impedir, por parte del administrador de la sociedad y sin que existiera causa legal para ello, los derechos de información, participación en la gestión o control de la actividad social o suscripción preferente de acciones.

Negar o impedir la actuación de las personas, órganos o entidades inspectoras o supervisoras en la actividad propia que estas desarrollan frente a las sociedades, es una conducta delictiva que se encuentra regulada en el Título XIII, Capítulo XIII —en concreto, en el art. 294 CP— formando parte de los denominados delitos societarios.

El bien jurídico protegido, desde un plano genérico, sería el correcto funcionamiento de los servicios de inspección y supervisión de las sociedades que participan en el mercado; pero de forma particular, se protege la obligación de las sociedades de actuar con la máxima transparencia y colaboración con las entidades de control e inspección.

Contacta con nosotros

¿Necesitas ayuda? CONSÚLTANOS

Opiniones y testimonios de nuestros clientes

Opiniones de clientes en Google

4.8

(284)

5 Estrellas
5 estrellas Google
T
T S
hace 1 día
“Gran equipo de abogados, muy contento con el resultado. Eduardo Simó fue claro desde el principio y propuso una estrategia ganadora, y lo fue. Gracias también a Paloma por su asistencia, y a Lorena por estar ahí siempre. Supieron encontrar una solución legal a un problema muy grave. Estaré toda la vida agradecido por ello”
5 estrellas Google
G
Gohan N21
hace 1 día
“Teníamos un problema jurídico de los gordos, y mi abogado de confianza no podía asumir este asunto por no estar especializado en penal. Me presentó a Eduardo Simó como recomendación personal una de las veces que estuvimos en Madrid, y el mismo día entendí el motivo: es inteligente, claro en lo que dice, y transmite tranquilidad. El despacho que tiene en el barrio de Salamanca es espectacular. Tras indicarme las posibilidades y las opciones que teníamos, “cogió mi mochila de problemas” como dijo, y poco a poco fueron pasando las cosas. La justicia es lenta, muy lenta, y más por el tipo de asunto que era. Pero todo terminó y salió incluso mejor que lo esperado. Considero que Eduardo merece mi más sincero agradecimiento y reconocimiento por el trabajo que hizo. Cuando vuelvas por Las Palmas estás más que invitado.”
5 estrellas Google
R
Rocio Del val
hace 4 días
“Desde el primer momento en el que hablamos, Eduardo demostró un nivel profesional muy alto. Cercanía, saber hablar, precisión a la hora de indicarme posibilidades... Fue claro y al grano. En todo el momento muy comprometido con su labor, y obtuvimos el mejor de los resultados. Lo recomiendo para quienes necesiten alguien realmente especializado en penal, es el mejor”
5 estrellas Google
K
Kevin Alvarez
hace 4 días
“Eduardo, de corazón, gracias por vuestro trabajo, por tu profesionalidad y la de tu equipo. Disposición para hacer justicia, para trabajar, para buscar soluciones. Lo habéis conseguido. Sois enormes”
5 estrellas Google
K
kerzemoda Kerzemoda
hace 4 días
“Simó es un abogado penalista de primer nivel. Llegamos a él, por recomendación y supo guiarnos y asesorarnos. Estamos muy contentos por la resolución de nuestro problema”
5 estrellas Google
J
Juan Fernández Cruz
hace 5 días
“Tras recomendarlo de tú a tú dejo también mi experiencia por aquí. Merece tan buena nota como tiene, ayuda muchísimo y siempre está al otro lado para resolver dudas del proceso. Como debe ser, chapó por mi abogado y seguro el resto de SIMÓ.”
5 estrellas Google
I
Ivan Llosa
hace 6 días
“Grandes profesionales. Necesitaba asesoramiento para un tema que necesitaba cierta urgencia, y me orientaron muy acertadamente. Sin duda, muy recomendado.”
5 estrellas Google
P
Pedro Gayá
hace 6 días
“Muy profesionales, atentos y con trato personalizado al cliente. He quedado muy satisfecho con la atención recibida.”
5 estrellas Google
L
Laura Jorge
hace 1 semana
“El trato recibido por este despacho penalista fue muy bueno. Gracias por todo, Eduardo, Lorena, Paloma.. Sois los mejores!”
5 estrellas Google
S
Silvia BoSam
hace 1 semana
“Me atendieron en el bufete de Madrid y fue excelente. Eduardo explica todo sin rodeos y aporta soluciones reales.”
5 estrellas Google
A
Araceli Leiros Anton
hace 1 semana
“Nos devolvió la estabilidad. Ojalá nadie pase por algo así, pero si ocurre, este es EL despacho.”
5 estrellas Google
S
Samm
hace 1 semana
“despacho cercano y especializado. No improvisan y siempre van un paso por delante. Eduardo un crack”