Delitos Contra Intimidad, Imagen e Inviolabilidad Domicilio

Abogados en Delitos Contra la Privacidad

Cubre delitos que invaden la privacidad personal, el derecho a la propia imagen y la protección del domicilio, incluyendo la vigilancia y grabación ilícitas

SIMÓ Abogados Penalistas

El delito se encuentra regulado en el Título X, Capítulo I del Código Penal, una sección referida al descubrimiento y revelación de secretos.

El delito de revelación de secretos consiste en vulnerar la intimidad de otro sin su consentimiento, apoderándose de sus documentos o interceptando sus telecomunicaciones (como podrían ser mensajes de Whastapp).

Pese a que tanto el descubrimiento y revelación de secretos se encuentran recogidos en los mismos preceptos, en realidad cada uno supone una conducta distinta. El descubrimiento implica el apoderamiento, utilización, modificación o interceptación de los datos a que se refiere el Código Penal, mientras que la revelación -castigada con una pena superior- exige su cesión, revelación o difusión.

El bien jurídico protegido es el derecho a la intimidad y el derecho a la propia imagen.

El tipo básico contempla unas penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses, que pueden incrementarse cuando:

A dicho precepto (el art. 197 CP) se le han incluido varias conductas de interceptación de comunicaciones y de control audiovisual clandestino como son:

  • El intrusismo informático o la de la interceptación de datos. Recogido en el art. 197 bis.
  • Violencia informática. Recogido en el art. 197 ter CP.
  • Secreto laboral. Recogido en el art. 199 CP.

El delito de quebrantamiento del secreto profesional forma parte del Título X del CP, sección que regula los «Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio». Dicho delito contenido en el art. 199 CP que determina:

"1. El que revelare secretos ajenos, de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o sus relaciones laborales, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.

2. El profesional que, con incumplimiento de su obligación de sigilo o reserva, divulgue los secretos de otra persona, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para dicha profesión por tiempo de dos a seis años"
.

El delito de allanamiento de morada se encuentra regulado en el Título X del código penal, sección referida a los Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio.

El tipo básico viene recogido en el art. 202.1 CP que determina que:

"El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años".

El allanamiento de morada es un delito consistente en la entrada o permanencia en morada ajena en contra de la voluntad del morador.

¿Qué se entiende por morada? El Tribunal Constitucional indicó que es aquel espacio en que el individuo queda libre de los usos y convenciones sociales, ejerciendo su libertad más íntima.

La jurisprudencia ha venido tratando algunos ejemplos, incluyendo como morada las segundas viviendas, residencias vacacionales, chabolas ilegales, casa okupadas, tiendas de campaña, entre otras.

Contacta con nosotros

¿Necesitas ayuda? CONSÚLTANOS

Opiniones y testimonios de nuestros clientes

Opiniones de clientes en Google

4.8

(289)

5 Estrellas
5 estrellas Google
E
Eugenio Rodrigo Cano
hace 6 días
“En Madrid no he encontrado abogados con la profesionalidad de este nivel. Eduardo es un gran profesional, sabe muchísimo y te lo demuestra desde la primera reunión.”
5 estrellas Google
M
Maria Viñals
hace 1 semana
“Llamé sin conocerles y en minutos ya tenía cita. Trato profesional desde el primer momento”
5 estrellas Google
D
David Camacho
hace 1 semana
“Cómo cliente , me a resuelto mi caso con mucha profesionalidad y atención desde el primer momento, me decidí al contratarlo por su muchas reseñas positivas y reputación y no me equivoqué, de los mejores abogados penalistas que hay!”
5 estrellas Google
T
T S
hace 1 semana
“Gran equipo de abogados, muy contento con el resultado. Eduardo Simó fue claro desde el principio y propuso una estrategia ganadora, y lo fue. Gracias también a Paloma por su asistencia, y a Lorena por estar ahí siempre. Supieron encontrar una solución legal a un problema muy grave. Estaré toda la vida agradecido por ello”
5 estrellas Google
G
Gohan N21
hace 1 semana
“Teníamos un problema jurídico de los gordos, y mi abogado de confianza no podía asumir este asunto por no estar especializado en penal. Me presentó a Eduardo Simó como recomendación personal una de las veces que estuvimos en Madrid, y el mismo día entendí el motivo: es inteligente, claro en lo que dice, y transmite tranquilidad. El despacho que tiene en el barrio de Salamanca es espectacular. Tras indicarme las posibilidades y las opciones que teníamos, “cogió mi mochila de problemas” como dijo, y poco a poco fueron pasando las cosas. La justicia es lenta, muy lenta, y más por el tipo de asunto que era. Pero todo terminó y salió incluso mejor que lo esperado. Considero que Eduardo merece mi más sincero agradecimiento y reconocimiento por el trabajo que hizo. Cuando vuelvas por Las Palmas estás más que invitado.”
5 estrellas Google
G
Gonzalo S
hace 2 semanas
“Es un gran abogado, muy especializado en penal y con mucha experiencia. Es de los que te dice las cosas claras, sin cuentos, y eso me llamó la atención.”
5 estrellas Google
I
Ivan Garcia
hace 2 semanas
“Nos ayudaron con un tema que llevábamos mucho tiempo luchando y cuando lo llevaron ellos todo fue más fácil. Gracias 100% recomendable”
5 estrellas Google
R
Rocio Del val
hace 2 semanas
“Desde el primer momento en el que hablamos, Eduardo demostró un nivel profesional muy alto. Cercanía, saber hablar, precisión a la hora de indicarme posibilidades... Fue claro y al grano. En todo el momento muy comprometido con su labor, y obtuvimos el mejor de los resultados. Lo recomiendo para quienes necesiten alguien realmente especializado en penal, es el mejor”
5 estrellas Google
K
Kevin Alvarez
hace 2 semanas
“Eduardo, de corazón, gracias por vuestro trabajo, por tu profesionalidad y la de tu equipo. Disposición para hacer justicia, para trabajar, para buscar soluciones. Lo habéis conseguido. Sois enormes”
5 estrellas Google
K
kerzemoda Kerzemoda
hace 2 semanas
“Simó es un abogado penalista de primer nivel. Llegamos a él, por recomendación y supo guiarnos y asesorarnos. Estamos muy contentos por la resolución de nuestro problema”
5 estrellas Google
J
Juan Fernández Cruz
hace 2 semanas
“Tras recomendarlo de tú a tú dejo también mi experiencia por aquí. Merece tan buena nota como tiene, ayuda muchísimo y siempre está al otro lado para resolver dudas del proceso. Como debe ser, chapó por mi abogado y seguro el resto de SIMÓ.”
5 estrellas Google
I
Ivan Llosa
hace 2 semanas
“Grandes profesionales. Necesitaba asesoramiento para un tema que necesitaba cierta urgencia, y me orientaron muy acertadamente. Sin duda, muy recomendado.”

NOTICIAS, CASOS DE ÉXITO Y APARICIONES EN PRENSA RELACIONADOS

SIMÓ Abogados tiene una gran presencia en medios, y además, nos encanta manteneros informados. Aquí tienes artículos de nuestro blog relacionados: Abogados en Delitos Contra la Privacidad