Delitos de Falsedades Personales

Especialistas en Falsificación de Identidad

Delitos asociados a falsificación de identidad personal, como usurpación de estado civil y otros actos que implican el uso indebido de información personal

SIMÓ Abogados Penalistas

Se encuentra tipificado en el Código Penal dentro de la categoría de falsedades. La usurpación del estado civil está mencionada expresamente en el artículo 401 que determina:

"El que usurpare el estado civil de otro será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años".

La conducta típica de la usurpación de identidad o estado civil es fingir ser otra persona real y verdadera con la clara intención de beneficiarse o producir un daño, aunque este no se produzca.

El delito de usurpación de funciones públicas se encuentra regulado en el Título XVIII, el cual trata los delitos de falsedades. Más concretamente, se localiza en el Capítulo V, en el art. 402 CP, que determina:

"El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años".

La conducta típica de este delito consiste en ejercer actividades características y propias de una autoridad, más concretamente de aquella a la que se está usurpando. Esta usurpación de funciones debe ser ilegítima, es decir, que el sujeto activo carece de aquel título o condición de autoridad para el desarrollo de dichas actividades.

El delito de intrusismo se encuentra regulado en el Título XVIII, el cual trata los delitos de falsedades. Más concretamente, se localiza en el Capítulo V, en el art. 403 CP, el que determina:

"1. El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de doce a veinticuatro meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de seis a doce meses.

2. Se impondrá una pena de prisión de seis meses a dos años si concurriese alguna de las siguientes circunstancias:
a) Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido.
b) Si el culpable ejerciere los actos a los que se refiere el apartado anterior en un local o establecimiento abierto al público en el que se anunciare la prestación de servicios propios de aquella profesión"
.

Contacta con nosotros

¿Necesitas ayuda? CONSÚLTANOS

Opiniones y testimonios de nuestros clientes

Opiniones de clientes en Google

4.9

(249)

5 Estrellas
5 estrellas Google
Jhoselin Belen Colque
Jhoselin Belen Colque
hace 7 meses
“Mi caso por un supuesto delito informático no fue bien gestionado por otros abogados, no tenían ni idea. Eduardo me explicó una estrategia extraordinaria y funcionó. Un jurista brillante.”
5 estrellas Google
C
Carlos Peña Martinez
hace 4 años
“Contacté con el despacho de Eduardo Simó porque fui víctima de una denuncia falsa. Pese a que esa semana estaba de vacaciones a más de 500 kms, se movilizó y puso a su equipo a trabajar. Por suerte, confié en él y su equipo y todo salió bien. El trato fue excepcional, estando en todo momento disponibles para cualquier duda y buscando siempre las mejores soluciones. 100% recomendables.”
5 estrellas Google
A
Alejandro López garcía
hace 4 años
“Me vi involucrado en una causa penal injusta, me detuvieron en mi trabajo por algo que no había hecho. Con el trabajo de Eduardo y su equipo conseguimos archivar el procedimiento sin tan siquiera celebrar un juicio. Profesionales y muy especializados en derecho penal. 100% recomendable.”
5 estrellas Google
S
Sole Garcia Martinez
hace 4 años
“Trato inmejorable, en mi caso, traté directamente con Eduardo, y ha sido cercano y muy clarificador. Me ha orientado en cada duda que he tenido y he estado plenamente informado. Afortunadamente y gracias a su trabajo la verdad salió a la luz. Muchas gracias por todo.”
5 estrellas Google
C
Carlos GM
hace 2 años
“Nosotros contábamos con la verdad, pero ellos sabían cómo contarla. Gracias a todo el equipo de nuestra parte.”
5 estrellas Google
P
Pepe Orcajada
hace 3 años
“El tiempo nos dió la razón. Confiamos mutuamente y conseguimos el resultado esperado. Muchas gracias por vuestra valentía y entrega. 100% recomendable.”
5 estrellas Google
R
Rafael José Hinojosa de la Torre
hace 3 años
“Por mi condición de policía nacional fui acusado de un delito grave de forma injusta, Eduardo consiguió que se archivara todo muy rápido despejando cualquier resquicio sobre mi. Atención personalizada prácticamente a diario. Cualquier problema legal, no dudéis en acudir a él.”
5 estrellas Google
V
Veronica García Cabiro
hace 3 años
“A mi me ayudaron con un problema y me guiaron paso a paso en un problema desconocido para mi. No me sentí sola en ningún momento . Gracias no solo por ayudarme sino por la confianza que transmitís”
5 estrellas Google
C
Christian Garrido Lopo
hace 3 años
“Muy recomendable sinceramente, profesional 100 x 100, ayuda en todo momento, te solventa cualquier duda a cualquier hora sin problema, aconsejable, muy bueno”
5 estrellas Google
A
Alex Embid
hace 3 años
“Profesionalidad y cercanía desde el primer momento, sin duda el mejor despacho en el que confiar”

NOTICIAS, CASOS DE ÉXITO Y APARICIONES EN PRENSA RELACIONADOS

SIMÓ Abogados tiene una gran presencia en medios, y además, nos encanta manteneros informados. Aquí tienes artículos de nuestro blog relacionados: Especialistas en Falsificación de Identidad