Privacidad: ¿Puedo acceder al móvil de mi pareja sin permiso?
Noticia en España | Abogados Penalistas
- Publicado: 19-12-2025, a las 13:00h
- Autor: Paloma Lobato Cidoncha
EN ESPAÑA
- Publicado: 19-12-2025, a las 13:00h
- Autor: Paloma Lobato Cidoncha
¿Alguna vez has pensado en reenviar una conversación privada? ¿Hacer una captura de pantalla de un chat y compartirla con terceros? ¿O acceder al móvil de tu pareja “solo para mirar”?
Conviene tener mucho cuidado, porque este tipo de conductas, que a menudo se normalizan, pueden constituir un delito penal muy grave: el delito de revelación de secretos.
En SIMÓ Abogados, despacho especializado en Derecho Penal, tratamos cada vez más procedimientos relacionados con este tipo de delitos, especialmente en un contexto en el que el uso del móvil, las redes sociales y la mensajería instantánea forma parte de nuestra vida diaria.
Un delito más común de lo que parece
El delito de revelación de secretos, protege uno de los derechos fundamentales más importantes: la intimidad personal y la privacidad.
La ley castiga a quien, sin autorización, accede, difunde, descubre o conserva información privada de otra persona. Y es importante aclarar algo desde el principio: no hace falta ser un hacker ni tener grandes conocimientos técnicos para cometer este delito.
Muchas conductas cotidianas pueden encajar perfectamente en este tipo penal.
¿Qué conductas pueden ser delito?
El Código Penal es claro y amplio. Puede cometer delito de revelación de secretos quien:
- Accede al móvil, correo electrónico o redes sociales de otra persona sin permiso.
- Graba conversaciones, imágenes o vídeos sin consentimiento.
- Hace pantallazos de mensajes privados y los comparte con terceros.
- Difunde fotos o vídeos íntimos aunque no haya sido quien los grabó.
- Guarda información privada obtenida sin autorización.
Es decir, aunque tú no seas el autor del contenido, si lo difundes sabiendo que es privado, puedes ser penalmente responsable.
“Pero era mi pareja”… cuidado con ese argumento
Uno de los errores más habituales es pensar que, por existir una relación sentimental, existe también un “derecho” a acceder a la intimidad del otro. Nada más lejos de la realidad.
La ley protege la privacidad incluso dentro de una relación de pareja, actual o pasada. Acceder al móvil de tu pareja, revisar sus conversaciones o correos electrónicos sin su consentimiento puede constituir delito, aunque exista convivencia o confianza previa.
Ejemplos habituales en los juzgados
En nuestra experiencia profesional, estos son algunos de los supuestos más frecuentes:
- Reenviar a amigos o familiares conversaciones privadas de WhatsApp.
- Publicar en redes sociales mensajes o audios obtenidos en un ámbito privado.
- Acceder al correo electrónico de otra persona para “comprobar algo”.
- Difundir imágenes íntimas tras una ruptura.
- Grabar a alguien en un entorno privado sin que lo sepa.
En todos estos casos, si no existe consentimiento expreso, la conducta puede ser delictiva.
¿Qué penas conlleva este delito?
El delito de revelación de secretos está castigado con penas muy severas. Dependiendo de la gravedad del caso, las consecuencias pueden ser:
- Penas de prisión de uno a cinco años.
- Multas económicas elevadas.
- Antecedentes penales, con el impacto personal y profesional que ello supone.
- Indemnizaciones por daños morales a la víctima.
Además, las penas se agravan si la información difundida afecta a datos especialmente sensibles, como la vida sexual, la salud, la ideología o la situación personal de la víctima.
¿Y si solo lo compartí con una persona?
Este es otro error habitual. No hace falta que la difusión sea masiva. Compartir información privada con una sola persona, si no existe consentimiento, ya puede constituir delito.
La clave no está en cuántas personas lo reciben, sino en que se vulnere la intimidad de la víctima.
La importancia del consentimiento
El consentimiento es el elemento central en este delito. Si una persona autoriza de forma clara y expresa la grabación o difusión de una conversación, imagen o vídeo, no existe delito.
Pero ese consentimiento debe ser:
- Libre.
- Consciente.
- Referido a un uso concreto.
Un delito especialmente relevante en la era digital
Vivimos en una época en la que todo se graba, se captura y se comparte en segundos. Precisamente por eso, el Derecho Penal protege con especial rigor la intimidad.
Lo que para algunos puede parecer una discusión, una venganza tras una ruptura o “contarle algo a un amigo”, para los tribunales puede ser un ataque directo a un derecho fundamental.
Nuestro consejo como abogados penalistas
Antes de reenviar un mensaje, compartir una imagen o acceder a información ajena, piénsalo dos veces. Y si ya te encuentras inmerso en una denuncia o investigación por este delito, es fundamental actuar con rapidez.
Desde SIMÓ Abogados nuestro equipo de abogados penalistas puede ayudarte a:
- Analizar si realmente existe delito.
- Valorar la legalidad de las pruebas.
- Defender tus derechos desde el primer momento.
- Diseñar la mejor estrategia de defensa en función del caso.
Cada procedimiento es distinto, y una mala decisión al inicio puede tener consecuencias muy serias.
El delito de revelación de secretos castiga conductas que muchos consideran normales, pero que vulneran gravemente la intimidad de otras personas. Acceder, grabar o difundir información privada sin autorización no es un juego y puede llevar aparejadas penas de hasta cinco años de prisión.
En SIMÓ Abogados, como despacho especializado en Derecho Penal, te asesoramos para que sepas dónde está el límite y cómo protegerte legalmente. Si tienes dudas o te enfrentas a una denuncia por este delito, contacta con nuestro despacho. Nuestro equipo te acompañará y defenderá con la seriedad que exige una acusación penal.