Martiño Ramos, análisis legal: extradición por delito sexual

¿Extradición al profesor condenado por delito sexual huido a Cuba?

Extradición a Cuba: análisis penal del caso Martiño Ramos

Análisis jurídico de SIMÓ Abogados por el caso de Martiño Ramos

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Extradición

  • Autor: Eduardo Muñoz Simó

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  • Autor: Eduardo Muñoz Simó

La detención en La Habana de Martiño Ramos, un profesor ourensano condenado por delitos sexuales contra una menor, ha puesto de nuevo en primer plano cómo funciona la extradición cuando no existe tratado entre dos países y cómo se abordan penalmente este tipo de delitos en España.

A continuación, analizamos el caso y su encaje jurídico desde la óptica de SIMÓ Abogados Penalistas, despacho especializado en extradiciones, delitos sexuales y otros ámbitos del Derecho Penal.

1. ¿Quién es Martiño Ramos y por qué fue condenado?

Según la información difundida en medios de comunicación y las resoluciones judiciales conocidas, Martiño Ramos Soto, de unos 50 años, fue profesor de educación infantil y primaria en Ourense y ha sido condenado en España a 13 años y 6 meses de prisión por delitos sexuales continuados cometidos contra una alumna menor de edad.

De forma resumida, los hechos que se han ido conociendo son los siguientes:

  • La víctima era alumna suya y tenía entre 12 y 16 años durante el periodo en el que se produjeron los hechos.
  • El contacto inicial se habría producido a través de Instagram, donde el profesor presuntamente se hizo pasar por otro menor para ganarse su confianza, lo que se conoce como grooming.
  • Con el tiempo, la relación derivó en conductas de carácter sexual reiteradas durante más de dos años, con importantes consecuencias psicológicas para la menor.
  • También se ha informado de que habría intentado aproximarse a otras alumnas siguiendo un patrón similar.

La condena fue confirmada por el Tribunal Supremo en julio de 2025. En ese momento no se acordó su ingreso inmediato en prisión ni se adoptaron medidas cautelares privativas de libertad, circunstancia que facilitó que pudiera salir de España antes de ser detenido.

Durante su huida habría pasado por diferentes países hasta asentarse en La Habana (Cuba), donde desarrollaba actividad profesional como fotógrafo y mantenía presencia en redes sociales utilizando un nombre ligeramente modificado.

Tras ser incluido entre los diez fugitivos más buscados de España, se emitió una orden internacional de detención y el Ministerio de Justicia tramitó la solicitud de extradición a Cuba, pese a la ausencia de un tratado bilateral específico. Finalmente, las autoridades cubanas procedieron a su detención en La Habana en coordinación con las autoridades españolas.

2. Extradición España–Cuba: ¿es posible sin tratado?

Uno de los aspectos jurídicamente más relevantes de este caso es que España y Cuba no tienen un tratado bilateral de extradición en vigor. Esto, sin embargo, no significa que la extradición sea imposible en la práctica.

2.1. ¿Qué es la extradición?

Tal y como explica SIMÓ Abogados Penalistas en su área de extradición, la extradición es el procedimiento por el que un Estado entrega a otro a una persona reclamada para que sea juzgada o para que cumpla una condena. Este proceso se desarrolla siempre dentro de un marco jurídico compuesto por:

  • La legislación interna del Estado requerido, en este caso Cuba.
  • Los tratados y convenios internacionales aplicables, cuando existan.
  • Los principios fundamentales de derechos humanos, como la prohibición de tratos inhumanos o degradantes.

En España, la extradición se tramita ante los tribunales, pero la comunicación y coordinación internacional se canalizan principalmente a través del Ministerio de Justicia y del Ministerio de Asuntos Exteriores, junto con la Fiscalía y los órganos judiciales competentes.

2.2. Extradición sin tratado: cooperación caso por caso

Cuando no existe un tratado bilateral, la cooperación puede articularse mediante fórmulas como:

  • Decisiones basadas en la reciprocidad, en las que el Estado requerido acepta la entrega como gesto de colaboración, especialmente en delitos considerados graves, como los cometidos contra menores.
  • La referencia a convenios multilaterales sobre delincuencia organizada o protección de menores, siempre que ambos Estados sean parte en los mismos.
  • El uso de mecanismos de cooperación policial internacional, como las notificaciones a través de INTERPOL, que permiten la detención provisional de la persona reclamada, a la espera de que se formalice la solicitud de extradición por vía diplomática.

En el caso de Martiño Ramos, las autoridades españolas han solicitado formalmente la extradición y han pedido que se adopten medidas para evitar una posible nueva fuga mientras se resuelve el procedimiento.

2.3. Aspectos que suelen evaluarse en la extradición

Aunque cada Estado aplica su propia normativa, en un procedimiento de extradición de este tipo suelen analizarse, entre otros, los siguientes aspectos:

  1. Doble incriminación: que los hechos constituyan delito tanto en el país requirente como en el requerido. En este caso, se trata de delitos sexuales graves contra una menor de edad, lo que normalmente cumple este requisito.
  2. Gravedad de la pena: la condena superior a 13 años de prisión sitúa el caso dentro de la categoría de delitos especialmente graves.
  3. Carácter no político del delito: los delitos sexuales no se consideran delitos políticos, lo que suele facilitar la concesión de la extradición.
  4. Respeto de los derechos fundamentales: el Estado requerido puede solicitar garantías sobre el trato en prisión, las condiciones de cumplimiento de la pena y la protección de los derechos básicos de la persona reclamada.
  5. Nacionalidad: algunos países no extraditan a sus propios nacionales. En este supuesto se trata de un ciudadano español que se encuentra en Cuba, lo que reduce ese posible obstáculo.

Si las autoridades cubanas aceptan la solicitud de España, se abrirá un procedimiento ante los órganos judiciales de Cuba y, una vez autorizada la entrega, se producirá finalmente el traslado del condenado a España para el cumplimiento de la pena impuesta.

3. ¿Qué tipo de delito sexual se imputa?

En el ordenamiento jurídico español, los delitos sexuales cometidos contra menores se regulan en el Código Penal dentro de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual. Se consideran especialmente graves cuando concurren elementos como:

  • Víctima menor de 16 años.
  • Existencia de penetración u otras conductas sexuales de especial gravedad.
  • Reiteración de los hechos durante un periodo de tiempo prolongado.

En el caso que nos ocupa, la información publicada apunta a la existencia de conductas de naturaleza sexual continuadas durante más de dos años, con un impacto relevante en la salud psicológica de la menor. Este conjunto de factores explica la imposición de una pena global superior a los 13 años de prisión.

Además de la pena de cárcel, en este tipo de delitos suelen acordarse:

  • Órdenes de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima y, en ocasiones, con su entorno cercano.
  • Medidas de inhabilitación profesional, por ejemplo, para trabajar con menores o ejercer determinadas profesiones relacionadas con la educación.
  • Responsabilidad civil por los daños morales y psicológicos causados.

En el área de delitos sexuales, SIMÓ Abogados Penalistas subraya que se trata de procedimientos con una fuerte carga emocional y mediática, en los que resulta esencial contar con una defensa técnica muy especializada, ya sea en representación de la acusación particular o de la defensa de la persona investigada o condenada. Más información en delitos sexuales – SIMÓ Abogados Penalistas .

4. El papel de un abogado especialista en extradiciones en un caso así

Casos como el de Martiño Ramos presentan de forma clara una doble dimensión jurídica:

  • Una dimensión internacional, relacionada con la extradición.
  • Una dimensión penal sustantiva, relativa al delito sexual ya enjuiciado y sentenciado.

En SIMÓ Abogados Penalistas, la defensa en procedimientos de extradición se orienta, tal y como explican en su página específica, a analizar con honestidad las posibilidades reales de la persona reclamada y explorar todas las vías legales para evitar la entrega o, si esta finalmente se produce, mitigar sus efectos. Puede consultarse más información en extradición – SIMÓ Abogados Penalistas .

4.1. Estrategia en la fase de extradición

Cuando una persona es detenida en un país extranjero en ejecución de una orden internacional de detención, el trabajo de un abogado especialista en extradiciones incluye, entre otras tareas:

  • Asesorar desde el primer momento, para que la persona detenida conozca sus derechos y no declare sin la asistencia adecuada.
  • Coordinar un doble frente de actuación, con un abogado en el país donde se encuentra detenida la persona y un equipo penalista en España que conozca a fondo el procedimiento de origen.
  • Revisar la documentación remitida por el Estado requirente, como la sentencia, los hechos probados, la calificación jurídica y la pena impuesta.
  • Analizar posibles motivos de oposición a la extradición, siempre dentro de la legalidad, como defectos formales en la solicitud, riesgos específicos para la salud o integridad de la persona reclamada, prescripción o vulneración de garantías esenciales.

En un delito sexual grave contra un menor, con sentencia firme y una pena relevante, las opciones para impedir por completo la extradición suelen ser más limitadas, aunque cada caso debe analizarse de forma individual, puesto que la decisión final depende del marco jurídico del país requerido y de sus autoridades judiciales.

4.2. Defensa penal en delitos sexuales

Una vez que la persona reclamada se encuentra en España, o si nunca ha abandonado el territorio, entra en juego la estrategia penal en el ámbito de los delitos sexuales.

En este tipo de procedimientos, SIMÓ Abogados Penalistas destaca la importancia de:

  • Realizar un estudio detallado de la prueba, incluida la credibilidad de las declaraciones y los informes periciales psicológicos.
  • Analizar pruebas digitales y de redes sociales, especialmente relevantes cuando se ha producido grooming o contacto inicial a través de internet.
  • Revisar la calificación jurídica de los hechos, la posible existencia de continuidad delictiva y la concurrencia de circunstancias agravantes o atenuantes.
  • Valorar, en su caso, atenuantes como la reparación del daño, la confesión o las dilaciones indebidas, siempre dentro del marco legal.

Cuando la sentencia ya es firme, el margen de actuación se orienta principalmente a:

  • Una correcta ejecución de la condena.
  • La valoración de beneficios penitenciarios en el futuro, si se cumplen los requisitos legales.
  • La protección de la víctima y el cumplimiento estricto de las medidas de alejamiento e inhabilitación acordadas.

5. ¿Qué enseña este caso sobre justicia penal y cooperación internacional?

El caso de Martiño Ramos permite extraer varias conclusiones que pueden resultar útiles para cualquier persona que se acerque a esta noticia desde fuera del ámbito jurídico:

  1. Los delitos sexuales contra menores están especialmente perseguidos y conllevan penas de prisión muy elevadas, sobre todo cuando existe reiteración en el tiempo y abuso de una posición de confianza, como la de un docente.
  2. Huir del país no elimina una condena. La creciente cooperación policial y judicial internacional hace que la posibilidad de esconderse de una sentencia firme sea cada vez más reducida.
  3. La ausencia de tratado de extradición entre dos países no impide necesariamente que se produzca la entrega. En delitos graves, los Estados tienden a cooperar mediante fórmulas jurídicas alternativas para evitar que su territorio se convierta en refugio de personas condenadas por delitos especialmente graves.
  4. Para cualquier persona, tanto si se considera inocente como si ha sido ya condenada, enfrentarse a una solicitud de extradición o a un procedimiento por delitos sexuales sin la asistencia de un equipo especializado implica asumir un riesgo importante. Contar con abogados expertos en extradiciones y Derecho Penal internacional, con experiencia real en juicios por agresiones sexuales, permite afrontar el proceso con una estrategia jurídica clara.

6. SIMÓ Abogados Penalistas: defensa penal en extradiciones, delitos sexuales y otros delitos graves

SIMÓ Abogados Penalistas, con despachos en Madrid, Murcia y Águilas, se dedica de forma prioritaria al Derecho Penal y cuenta con experiencia en la defensa y acusación en procedimientos penales de especial complejidad.

Entre sus principales áreas de actuación destacan:

  • Extradiciones y Derecho Penal Internacional, tanto ante la Audiencia Nacional como ante otros tribunales españoles.
  • Delitos sexuales: agresión sexual, abusos a menores, acoso y otros delitos contra la libertad e indemnidad sexual.
  • Tráfico de drogas, incluyendo procedimientos por delitos contra la salud pública en sus distintas modalidades.
  • Accidentes de tráfico con fallecidos, con intervención en procedimientos por imprudencia grave y homicidio imprudente derivados de siniestros viales.
  • Homicidios y asesinatos, así como otros delitos graves contra las personas.

En casos como el que ilustra la detención de Martiño Ramos en La Habana, el despacho está preparado para:

  • Asumir la defensa de personas reclamadas internacionalmente, estudiando si existen vías jurídicas para evitar o limitar la extradición.
  • Defender a personas acusadas de delitos sexuales graves u otros delitos contra las personas, con una aproximación técnica y estratégica, consciente del impacto personal y social de estos procedimientos.
  • Acompañar a víctimas que deseen personarse como acusación particular, velando por la protección de sus derechos en todas las fases del procedimiento penal.

Si tú o un familiar os veis afectados por un procedimiento de extradición o por una acusación relacionada con delitos sexuales u otros delitos graves, es fundamental obtener asesoramiento especializado cuanto antes para conocer las opciones legales disponibles y diseñar una estrategia de defensa o acusación adecuada.

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