Consecuencias penales de irse sin pagar en un restaurante (el simpa)
SIMÓ Abogados
Publicado en YouTube: 23 diciembre 2025
Metadatos verificados: 26 agosto 2026
Consecuencias penales de irse sin pagar en un restaurante (el simpa)
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00:00 - "Antes de hacer un simpa, piénsalo bien: ser un caradura puede salirte caro."
00:00 - "Y más cuando reservas una mesa para comer con tus amigos, comes como si no hubiera mañana, y a la hora de pedir la cuenta decides no pedirla e irte sin pagar."
00:17 - "Ahora que vienen fechas de ir de comida y de cena, que sepas que el simpa puede tener consecuencias penales."
00:22 - "Concretamente, si la comida no supera los 400 euros, es un delito leve de estafa."
00:22 - "Pero ojo, si lo supera, hablamos de penas incluso de prisión."
00:28 - "Hace apenas unas semanas representamos a un restaurante que, cansado de los simpas, decidió tomar acción."
00:35 - "En este caso, la cantidad era de unos 250 euros, y a ese caradura se le condenó como autor de un delito de estafa a la pena de multa y a abonar dicho importe."
00:42 - "Y sí, le van a quedar antecedentes penales durante los próximos 6 meses."
00:49 - "Así que ojito."
00:49 - "Soy Eduardo Simó, abogado penalista, y si te gusta este tipo de contenido, síguenos."
Datos del vídeo
Duración: 1 min 1 s
Publicado en YouTube: 23 diciembre 2025
Título original en YouTube: ¿Te has ido alguna vez sin pagar? | SIMÓ Abogados
En este vídeo, Eduardo Simó explica las consecuencias penales de irse de un restaurante sin pagar, conocido como simpa, que puede constituir un delito leve de estafa si la cuantía no supera los 400 euros, o un delito más grave con pena de prisión si lo supera. Ilustra el caso real de un restaurante al que representaron, donde una persona fue condenada por una cuantía de 250 euros a pena de multa, abono del importe y antecedentes penales durante 6 meses.
Puntos clave
Irse de un restaurante sin pagar, conocido como simpa, puede tener consecuencias penales.
Si la cuantía no supera los 400 euros, se trata de un delito leve de estafa.
Si la cuantía supera los 400 euros, pueden imponerse penas de prisión.
SIMÓ Abogados representó a un restaurante afectado por esta práctica.
En ese caso, con una cuantía de 250 euros, la persona fue condenada por un delito de estafa a pena de multa y a abonar el importe.
La condena conlleva antecedentes penales durante los 6 meses siguientes.