¿Cuáles son las penas por tráfico de drogas en España?

Tráfico de drogas en España: ¿qué penas contempla el Código Penal?

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¿Me pueden acusar de tráfico de drogas si la sustancia era para consumo propio?

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  • Autor: Lorena Pérez Losilla

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En Simó Abogados, como especialistas en Derecho Penal, sabemos que una de las consultas más habituales es la siguiente: “¿Me pueden acusar de tráfico de drogas si la sustancia era para consumo propio?”

La línea que separa el consumo personal del tráfico puede ser muy delgada y, sin la defensa adecuada, las consecuencias pueden llegar a ser devastadoras: de una simple sanción administrativa a varios años de prisión.

A continuación, te explicamos de manera clara cómo se regula en España el delito de tráfico de drogas, qué penas establece la ley y qué factores pueden agravar tu situación.

¿Qué se entiende por tráfico de drogas?

El artículo 368 del Código Penal castiga a quienes “ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines”.

Esto significa que no hace falta que te sorprendan vendiendo directamente la droga: basta con que la policía o el juzgado interpreten que la tenías con intención de distribuirla.

Algunos indicios habituales que se utilizan para sostener la acusación de tráfico son:

  • La cantidad de droga encontrada.
  • Que la sustancia esté fraccionada en dosis.
  • Disponer de básculas de precisión, libretas de cuentas o dinero en efectivo.
  • Testimonios o seguimientos que apunten a venta.

En cambio, si logras acreditar que la droga era solo para tu propio consumo, se archivará la causa penal y, en su caso, podrías enfrentarte únicamente a una sanción administrativa.

Diferencia entre drogas que causan grave daño y las que no

El Código Penal distingue entre dos categorías:

  1. Sustancias que causan grave daño a la salud:
    Aquí encontramos drogas como la cocaína, la heroína, las anfetaminas o el éxtasis.
    La pena prevista es de 3 a 6 años de prisión y multa del tanto al triple del valor de la droga intervenida.
  2. Sustancias que no causan grave daño a la salud:
    En este grupo se incluyen el hachís y la marihuana.   
    La pena es más baja: de 1 a 3 años de prisión, además de la correspondiente multa económica.

Este matiz es fundamental: la misma cantidad puede tener consecuencias muy distintas en función del tipo de sustancia.

¿Qué ocurre si hablamos de grandes cantidades?

Cuando se incauta una cantidad que supera lo que se considera “notoria importancia”, las penas se agravan notablemente.

Según el Instituto Nacional de Toxicología, las cantidades mínimas para apreciar esta circunstancia son:

  • Marihuana: desde 10 kilos.
  • Cocaína: desde 750 gramos.
  • Heroína: desde 300 gramos.
  • Anfetaminas: desde 90 gramos.

En estos casos, la pena puede alcanzar de 6 a 9 años de prisión para sustancias muy dañinas, o de 3 a 6 años si se trata de drogas que no lo son tanto.

Si además concurren circunstancias agravantes —como pertenencia a organización criminal, uso de menores o tráfico en centros educativos— la condena puede llegar hasta 9 a 12 años de cárcel.

Otros factores que pueden agravar la pena

La ley es especialmente dura cuando el tráfico de drogas se vincula con situaciones de mayor peligrosidad. Algunos ejemplos:

  • Pertenencia a organización criminal: cuando se demuestra que no actúas solo, sino dentro de una estructura organizada.
  • Uso de menores o personas vulnerables: implica un reproche penal aún mayor.
  • Tráfico en centros escolares, cuarteles o establecimientos penitenciarios: se protege especialmente a los colectivos más expuestos.
  • Utilización de embarcaciones o aeronaves para el transporte: las penas se endurecen al equipararse con tráfico a gran escala.

Multas económicas: una carga adicional

Además de la pena de prisión, el artículo 368 CP establece la imposición de una multa equivalente al valor de la droga intervenida, que puede llegar incluso a triplicarse.

Esto significa que, aunque se evite la cárcel, las consecuencias económicas pueden arruinar la vida de una persona investigada por tráfico de drogas.

¿Qué hacer si te acusan de tráfico de drogas?

Lo más importante es actuar con rapidez y contar desde el primer momento con un abogado penalista especializado. En Simó Abogados, nuestra estrategia se centra en:

  • Revisar si la incautación y el registro fueron legales.
  • Comprobar la cadena de custodia de la sustancia.
  • Aportar informes periciales que acrediten consumo propio cuando procede.
  • Detectar nulidades procesales que puedan debilitar la acusación.
  • Negociar con la Fiscalía reducciones de pena cuando la estrategia más favorable sea un acuerdo.

Cada caso es distinto, y solo un estudio individualizado permite diseñar la mejor defensa.

El delito de tráfico de drogas en España no es un asunto menor: las penas oscilan entre 1 y 12 años de prisión, dependiendo del tipo de sustancia, la cantidad y las circunstancias del caso. La línea entre consumo propio y tráfico es delgada, y la diferencia puede marcar tu futuro.

En Simó Abogados defendemos cada caso con rigor, experiencia y compromiso, porque sabemos que detrás de cada procedimiento hay una persona y una vida en juego.

Si estás siendo investigado por tráfico de drogas, no estás solo.

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