Sobreseimiento en un presunto delito de alzamiento de bienes

Defensa penal en un caso de supuesto alzamiento de bienes

Alzamiento de bienes: defensa penal y sobreseimiento

¿Qué es el delito de alzamiento de bienes según el Código Penal?

Caso en España | Abogados Penalistas

  • Autor: Eduardo Muñoz Simó

EN ESPAÑA

  • Autor: Eduardo Muñoz Simó

En Simó Abogados, como especialistas en derecho penal, sabemos que no todo lo que parece delito lo es realmente. Uno de nuestros recientes casos demuestra cómo una buena defensa, técnica y estratégica, puede marcar la diferencia entre una acusación injusta y la absolución de nuestro cliente.

¿Qué es el alzamiento de bienes?

El delito de alzamiento de bienes está regulado en el artículo 257 del Código Penal y se produce cuando una persona, conociendo que tiene deudas o reclamaciones judiciales en curso, se desprende de sus bienes con la intención de eludir el pago a sus acreedores, generando o agravando una situación de insolvencia.

Se trata de un delito que puede conllevar penas de prisión de 1 a 4 años, además de multas y responsabilidades civiles.

Pero hay algo fundamental que muchas veces se olvida: para que exista alzamiento de bienes, debe concurrir dolo, es decir, la intención de perjudicar a los acreedores.

El caso de nuestra clienta

Hace unos meses, una clienta acudió a nuestro despacho tras recibir una denuncia por un presunto delito de alzamiento de bienes.

El contexto era el siguiente:

  • La clienta estaba siendo investigada en un procedimiento penal distinto, relacionado con un presunto delito de apropiación indebida.
  • En ese procedimiento se había acordado una medida cautelar de embargo, en la que se le reclamaba una importante suma de dinero.
  • Antes de que se dictara la medida cautelar —aunque ya conocía la denuncia—, decidió vender uno de sus bienes inmuebles.

La acusación interpretó esta decisión como un intento de provocar su insolvencia para eludir el pago, e interpuso una nueva denuncia por alzamiento de bienes.

Desde Simó Abogados nos centramos en demostrar que:

  1. El dinero de la venta se destinó a saldar una deuda previa con familiares, lo cual acreditamos con documentación bancaria.
  2. Nuestra clienta no había quedado insolvente, ya que seguía siendo titular de otros inmuebles, aunque gravados con hipotecas.
  3. No existió dolo ni intención de perjudicar a los acreedores, sino un acto legítimo de disposición patrimonial en el marco de su vida personal y económica.

Estos tres elementos fueron esenciales para desvirtuar la acusación.

El archivo de la causa

Tras presentar estas pruebas, solicitamos el sobreseimiento y archivo de las actuaciones. El juez instructor valoró que no se había acreditado ni la intención fraudulenta ni el perjuicio real a los acreedores, compartiendo nuestra línea argumental y decretando el cierre del caso.

Gracias a esta resolución, nuestra clienta quedó totalmente exonerada de responsabilidad penal y pudo recuperar la tranquilidad tras meses de incertidumbre.

Claves jurídicas del caso

Este asunto pone de relieve varios aspectos esenciales:

  • No toda disposición de bienes con deudas pendientes es un alzamiento de bienes. Solo lo es si existe voluntad de ocultar patrimonio o de defraudar a los acreedores.
  • La carga de la prueba es clave. En este tipo de delitos, los documentos que acrediten la finalidad de la operación son determinantes.
  • El dolo es esencial. Si no se acredita intención de perjudicar, no hay delito.
  • Existen alternativas legales. Antes de desprenderse de un bien en un contexto de deudas, conviene asesorarse para evitar riesgos innecesarios.

Nuestro compromiso en Simó Abogados

En Simó Abogados, trabajamos cada día en casos de alta complejidad penal, aportando a nuestros clientes:

  • Un análisis riguroso de cada actuación judicial.
  • Estrategias de defensa personalizadas, adaptadas al caso concreto.
  • Acompañamiento cercano, porque entendemos que detrás de cada procedimiento hay una persona y una familia que sufren.

Este nuevo caso de éxito demuestra que la clave no está solo en conocer la ley, sino en aplicarla con precisión y en defender cada argumento hasta las últimas consecuencias.

Si estás siendo investigado por un presunto delito de alzamiento de bienes u otro procedimiento penal, no estás solo. En Simó Abogados ponemos a tu disposición un equipo especializado, con sede en Madrid, Murcia y Águilas, y con capacidad de actuación en toda España. Tu defensa comienza desde el primer minuto.

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